Expertos en garantías financieras
Contrata tu garantía en las mejores condiciones
Garantías sin sorpresas
Obtén el respaldo de las mejores Instituciones
Mitiga tu riesgo de cuentas por cobrar
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Expertos en garantías financieras
Somos un grupo de profesionales en la intermediación de Fianzas, Seguros de Caución, otras formas de garantía y Asesoría Jurídica con experiencia de más de 11 años en la intermediación de garantías y más de 30 años de experiencia en el sector financiero, atendiendo las necesidades de garantías de Clientes Internacionales, Grandes Empresas Mexicanas, Pymes y Personas Físicas con Actividad Empresarial.
Ofrecemos un servicio dedicado y las condiciones más atractivas del mercado en tarifas y garantías de recuperación.
Brindamos asesoría legal a fiados, contratantes, asegurados y beneficiarios.
Nuestra misión es facilitar la colocación de riesgos, bajo las mejores condiciones para los clientes y las afianzadoras.
11
Años de experiencia
+100
Clientes satisfechos
+1000
Garantías colocadas
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Fianzas y Seguros
Fianzas
Contrata tu garantía en las mejores condiciones
Fianza es el contrato por el cual una institución afianzadora o aseguradora se compromete con el beneficiario a cumplir o pagar, por el deudor-fiado, en caso de que éste último no cumpla con las obligaciones pactadas en el contrato principal.
Seguro de Caución
La nueva modalidad de garantía en México…
Por el contrato de seguro de caución la Aseguradora se obliga a indemnizar al Asegurado a título de resarcimiento o penalidad de los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites previstos en dicho contrato, al producirse las circunstancias acordadas en el mismo en relación con el incumplimiento por el contratante del seguro de sus obligaciones legales o contractuales.
Contrato General de Afianzamiento y Póliza de Seguro de Caución
Garantías sin sorpresas
El Contrato General de Afianzamiento también es conocido como contrato solicitud múltiple y sirve para establecer las obligaciones legales entre tu empresa, el obligado solidario y la afianzadora y es parte de los requisitos que integran tu expediente general.
Línea de Garantía
Obtén el respaldo de las mejores Instituciones
La Línea de Garantía es el monto máximo que una Aseguradora de Caución o una Afianzadora te otorgan de acuerdo a tu capacidad financiera y garantías, para ser usado en la emisión de certificados de seguro de caución o fianzas, de concurso, cumplimiento, anticipo y buena calidad.
Tipos de Garantías más comunes
Accede a más y más grandes contratos
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Seguro de Crédito
Mitiga tu riesgo de cuentas por cobrar
Cubre los riesgos de NO pago de tus clientes derivados de cualquier evento, como insolvencia, mora prolongada, tanto en el mercado nacional como en el de exportación.
Fideicomiso de Garantía
La figura jurídica a la medida de tus necesidades
Es la transmisión de bienes muebles, inmuebles o derechos que hace el Fideicomitente, transmitiendo la titularidad a un fideicomiso y al fiduciario se le encomienda la realización de un fin o destino específico de los bienes o derechos.
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Las instituciones más sólidas de México
Nuestros Clientes
Ofrecemos a nuestros clientes un servicio de alta calidad; buscando siempre relaciones comerciales a largo plazo, es por ello que estamos comprometidos con todos y cada uno de nuestros clientes.
Nuestra vocación es el cliente
Construcción
Pemex, IMSS, ISSSTE, CFE.
Proveedores particulares
Todo tipo de Industria
Industria Farmacéutica
Tiendas departamentales
Tecnología
Sistemas de Seguridad
Y muchos giros más...
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11
años
de experiencia en la intermediación de garantías
¿Quieres hacer efectiva una garantía?
Servicios Jurídicos
Atención Legal
Consultoría
Consultoría y atención legal especializada en el proceso de reclamación del pago de pólizas de fianza y el pago de siniestros de seguros de caución, así como la atención y seguimiento de los procesos judiciales que se originen por la negativa de pago en contra de las afianzadoras y aseguradoras involucradas.
Contáctanos al: 55 5601-1321 y 55 7581-1814
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Contáctanos
Av. México Coyoacán 371, Col. Xoco, 03330, Benito Juárez, CDMX
Oficina: 55 5601-1321 y 55 7581-1814
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Rafael Vilchis Mar
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Fraccionamiento La Alhambra, 76074, Santiago de Querétaro, Qro.
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carlos.martinez@warantum.com.mxMaribel Casique Jiménez
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maribel.casique@warantum.com.mxUriel Vázquez de la Rosa
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Tel: 55 5331-9782
uriel.vazquez@warantum.com.mxLegales
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas, Juan Rafael Vilchis Mar, agente autorizado para intermediación de Fianzas, cédula F número C345678, vigente del 05 de mayo de 2023 al 02 de mayo de 2026, con domicilio comercial en Av. México Coyoacán no. 371, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, c.p. 03330, Ciudad de México y domicilio fiscal en Av. Río Mayo No. 1110, local 4, P.B., Plaza Las Ánimas, Colonia Vista Hermosa en Cuernavaca, Morelos, Código Postal 62290,
INFORMA:
I. Que carece de facultades de representación de las Afianzadoras, para aceptar obligaciones y suscribir o modificar pólizas.
II. Que se le informará por escrito al solicitante, fiado o proponente, el costo aproximado de la prima.
III. Que la fianza se puede extinguir cuando se extinga la obligación principal garantizada o por causas aplicables a la fianza.
IV. Que el solicitante, fiado o proponente, deberá pagar primas anuales durante el tiempo de vigencia de la fianza.
V. Que la información y documentación que proporcione en el contrato solicitud o en la solicitud de contrato el solicitante, fiado, proponente y obligado solidario, debe ser verdadera y auténtica, y que tanto el contrato solicitud como la solicitud de contrato, están sujetos a la aceptación por parte de la Afianzadora.
VI. Que presentará el contrato solicitud o la solicitud de contrato ante la Afianzadora dentro de un plazo no mayor de tres días hábiles contado a partir de que le sea devuelto, debidamente llenado y firmado por el solicitante, fiado, proponente y obligado solidario.
VII. Que le mantendrá informado sobre el trámite que siga su solicitud dentro de la Afianzadora, si la póliza no es expedida dentro de los diez días hábiles siguientes al ingreso del contrato solicitud o de la solicitud de contrato.
VIII. Que en caso de aceptación por parte de la Afianzadora, entregará al solicitante, fiado o proponente, el documento donde conste dicha aceptación y que en caso de no aceptación por la Afianzadora, se lo informará por escrito, a más tardar, el día hábil siguiente a aquél en que el agente tenga ese conocimiento.
IX. Que sólo podrá cobrar primas contra recibos oficiales expedidos por las Afianzadoras.